Sufragio universal
El sufragio universal supone la extensión del derecho a voto a todos los ciudadanos de un territorio sin que exista discriminación de ningún tipo.
El derecho de sufragio ha evolucionado profundamente a lo largo de los años, desde el sufragio censitario hasta el universal. Este último es el que impera en los países democráticos, aunque también en algunos regímenes híbridos. El sufragio universal supone la superación de todas las limitaciones anteriores, extendiendo el derecho a voto a toda la población que tenga capacidad para hacerlo.
Cuando hablamos de “capacidad” no estamos poniendo límites discriminatorios como se realizaba con los otros tipos de sufragio, de ahí su carácter universal. Sino que se está limitando a las personas que no están capacitadas para ello como los extranjeros o los menores de edad.
Hay que señalar la importancia del territorio, una persona solo puede votar a las elecciones que le correspondan territorialmente. Un individuo podrá votar en su municipio, región, estado o país. Es decir, en aquellas elecciones en las que esté censada. Aunque sea mexicana, no podrá votar en las elecciones municipales que no le correspondan, aunque sea otro municipio mexicano.
También cabe destacar que no se refiere solo al derecho al voto, que sería el llamado sufragio activo. Sino que se refiere a los derechos de participación política en general, lo que incluiría el sufragio pasivo. Este último se define como la capacidad que tiene una persona para ser elegida para cualquier cargo por quienes detentan el derecho de sufragio activo. Es decir, el sufragio pasivo es el derecho a presentarse como candidato.
Origen e historia del sufragio universal
Es conveniente, antes de ver cuándo y cómo surgió el sufragio universal, nombrar sus antecedentes. La primera forma de sufragio que se conoce es la censitaria, que ponía límites de renta, patrimonio, clase social, etc. Fue desarrollada en la democracia de la antigua Grecia, y limitaba el voto a mujeres, menores y esclavos. Este tipo de sufragio iba a estar muy presente durante el siglo XIX.
Fue a lo largo de este siglo cuando comenzó a surgir el sufragio masculino, también llamado sufragio universal masculino. Reconocía el derecho a voto de todos los hombres que cumplieran los requisitos marcados por la ley, como la mayoría de edad. Este fue implantado en numerosos países a lo largo del siglo XIX.
Finalmente llegamos al sufragio universal. El primer país que concedió este derecho fue Nueva Zelanda en 1893, con la novedad de extender el derecho de voto hacia las mujeres, aunque no se les reconoció el sufragio pasivo hasta 1919. Durante todo el siglo XX, con el desarrollo de las democracias contemporáneas, el sufragio universal se fue implantando progresivamente, aunque en algunos casos de forma intermitente.
Límites del sufragio universal
Aunque este derecho esté extendido a toda la población, existen unos límites legales. Unos requisitos mínimos que han de cumplirse. Pero que en ningún caso establecen una barrera como para considerar que se trata de un sufragio censitario. Estos límites dependen de la legislación de cada país, aunque en general comparten muchos de ellos. Algunos son los siguientes:
- Edad: Podemos calificarla como el requisito base. Si no se tiene la mayoría de edad es imposible votar en cualquier elección política. La inmensa mayoría de los países establece la edad mínima para ejercer el derecho de sufragio en los dieciocho años. Aunque existen excepciones como Brasil o Argentina, que lo permiten a los dieciséis; o Corea del Sur, donde votan a los diecinueve.
- Nacionalidad: No se les permite votar a los extranjeros en elecciones generales o regionales. Aunque en algunos países como España, Argentina, Bolivia y numerosos países de la Unión Europea, si se le permite el voto en elecciones municipales.
- Salud mental: En muchos países no está permitido que voten personas cuyas capacidades mentales están alteradas. Sucede por la probabilidad de que estas personas estén influenciadas o determinadas por terceros, alterando así el resultado real de la votación. Algunos países, entre ellos España y Reino Unido han derogado este límite.
- Presos: En algunos países el voto de reclusos está prohibido. En otros, sí pueden votar salvo que esté prohibido expresamente en su condena. Lo que generalmente no está permitido es el sufragio pasivo para los internados en prisión.