Sufragio censitario

El sufragio censitario supone que en unas elecciones sólo pueden votar quienes cumplen unos estrictos requisitos, normalmente de renta o estatus. Dejando fuera del derecho a voto a la mayor parte de la población.

El sufragio censitario es el primer tipo de sufragio que se utilizó en las elecciones sucedidas años atrás. Y, aunque está obsoleto en muchos países debido a los avances de la democracia, algunos lo siguen utilizando.

Este consiste en establecer unas barreras al derecho de voto o sufragio, unos límites basados en la renta, el patrimonio o el estatus. Dejando, de esta manera, fuera del derecho a la mayor parte de la población. Esto supone que los ciudadanos que toman parte de las decisiones constituyen la minoría del total de los habitantes.

Ahora bien, hay que realizar una clara distinción entre las restricciones del sufragio universal y el sufragio censitario.

Los límites obvios del sufragio universal no suponen una restricción al uso del derecho, se trata de requisitos mínimos como la mayoría de edad, ser ciudadano de dicho territorio o no estar privado penalmente del derecho. En cambio, el censitario sí establece unos requisitos discriminatorios como la renta, la raza o el género.

Origen e historia del sufragio censitario

Podemos situar el origen del sufragio censitario en la antigua Grecia. La democracia ateniense fue el primer sistema democrático del que tenemos noticia. Se tomaban las decisiones de forma conjunta en la Asamblea, compuesta por unos seis mil ciudadanos. Y los cargos de responsabilidad podían ser ocupados por cualquier ciudadano, estableciendo el sorteo como método de elección.

Ahora bien, para poder tener acceso a la vida pública había que tener la condición de ciudadano. Y, a diferencia de ahora, este concepto estaba mucho más restringido. Eran considerados como tales los hombres varones mayores de veinte años, de padres atenienses. Además, no eran considerados: mujeres, esclavos, metecos y menores.

Se establecía así el primer sistema de sufragio censitario, ya que solo los considerados como ciudadanos tenían voz y voto en las decisiones y deliberaciones políticas.

Tras el caso griego, el sufragio censitario no vuelve a aparecer hasta el siglo XIX con el ocaso de las monarquías absolutas y el establecimiento de las primeras democracias contemporáneas.

Con el reconocimiento de la elección popular, apareció de nuevo el sufragio censitario, cuyos límites variaban según el país del que se tratase. En Reino Unido podían votar los dueños de propiedades; en EEUU se prohibió el voto a la población negra; y en otros países, como Argentina, se establecieron requisitos educativos. 

Posteriormente, el sufragio censitario evolucionó al universal masculino. Aunque, finalmente, en la mayoría de países sería universal.

Restricciones del sufragio censitario

Como hemos mencionado, para votar en unas elecciones bajo este sistema, el elector debía cumplir una serie de requisitos muy restrictivos. Un país no tenía por qué tener todas y cada una de las restricciones que vamos a ver a continuación, pero sí algunas de ellas.

  • Renta: Suponía que sólo las personas con un nivel determinado de renta disponían del derecho de voto.
  • Patrimonio: Se necesita que el elector tenga propiedades. Adquiriendo así una mayor conciencia en su voto, al menos en favor de la propiedad privada.
  • Educación: El nivel educativo también es una barrera que se utilizó en varios momentos. Sobre todo el analfabetismo, ya que se podía votar si se sabía leer y escribir.
  • Población negra: Fue el caso de Estados Unidos hasta bien avanzado el siglo XX. Aunque también se llevó a cabo en otros países como Sudáfrica hasta el fin del apartheid.
  • Mujeres: Han sido quizás las más perjudicadas en lo que a sufragio se refiere. Hasta cuando algunas de las restricciones anteriores cayeron, la mujer seguía sin poder optar al voto. Fue ya en las nuevas democracias cuando se instauró el sufragio universal.
  • Minorías: Además de la población negra en países donde la raza blanca ha sido dominante, también se prohibía el voto a otras minorías étnicas y religiosas. 

¿Quieres referenciar este artículo?

Alfredo Marín García , 06 de diciembre, 2021
Sufragio censitario. Economipedia.com