Mandatario
El mandatario es la persona que, elegida por los ciudadanos, ejerce su mandato en representación de la nación que lo ha escogido. Es el individuo que toma las decisiones más importantes del país, situándose a la cabeza del poder ejecutivo.
Un mandatario es la persona que está a la cabeza de la nación a la que representa. Es sinónimo de presidente de un Estado elegido por los ciudadanos.
Es preciso señalar que mandatario proviene de mandato. Y este último se refiere a la delegación de funciones, es decir, a que alguien delega o manda que una tercera persona realice algo. Le otorga esa capacidad.
Por ello, la figura del mandatario, a diferencia de la definición clásica de presidente o quien posea el poder supremo de un país, tiene que ser elegida por alguien. Ese alguien es el pueblo que, con base en la soberanía nacional, elige a alguien para que actúe en su nombre. Esta es la característica más elemental de la democracia representativa.
Ahora bien, dicho lo anterior, también hay que señalar que, debido al uso tan extendido del término, no siempre se utiliza para señalar a demócratas. Se está usando como sinónimo de quien detenta el poder estatal, sin importar si es un autócrata o no.
Otro problema que ofrece el término es que, aunque el mandatario sea elegido por los ciudadanos, no tiene que ser necesariamente un demócrata. Hay regímenes híbridos u otros que los elige el pueblo (con elecciones de dudosa transparencia), pero la ciudadanía no dispone de todos los derechos y libertades básicas.
Características del mandatario
Con base en la figura del mandatario, vemos unas características básicas:
- Es la persona de más alto rango representativo y directivo de una nación.
- Equivale a la figura de presidente.
- Es elegido por los ciudadanos del territorio al que representa.
- Es la cabeza del poder ejecutivo.
- Preside el consejo de ministros.
- En los regímenes presidenciales tiene aún más poder que en los parlamentarios.
En el derecho
Visto el significado de mandatario en ciencia política, pasamos a ver su uso en el derecho, campo en el que es muy popular. Aquí, el mandatario se define como la persona que, con base en un contrato legal, está obligada a hacer algo cuya capacidad original correspondería al mandante. Es decir, el mandante delega en el mandatario la capacidad de realizar una acción determinada. Y esta voluntad se expresa a través de un contrato.
El mandato se regula, en España, en el Título IX, del Libro IV del Código Civil. Y, más concretamente, las obligaciones del mandatario están recogidas en el Capítulo II.
Como uno de los artículos más importantes podemos señalar el 1718: “El mandatario queda obligado por la aceptación a cumplir el mandato, y responde de los daños y perjuicios que, de no ejecutarlo, se ocasionen al demandante”. También destaca el artículo 1721, que señala que el mandatario podrá nombrar un sustituto, salvo que lo prohíba expresamente el mandante. Por último, el artículo 1726 establece que el mandatario es responsable del dolo y de la culpa causada.
En México, esta figura está recogida en la misma parte del código civil que en el caso español. El caso colombiano cambia, se recoge también el Libro IV, pero se ubica en el Título XXVIII.