Impugnar
Impugnar es la manifestación del desacuerdo ante una decisión y específicamente en ámbito legal hace referencia a combatir una resolución judicial o decisión administrativa.
La impugnación se hace realidad a través de los recursos que pone el sistema jurídico a disposición de los ciudadanos. No obstante, en el ámbito mercantil también suele utilizarse esta figura de impugnación para mostrar desacuerdo en los acuerdos de la junta de accionistas.
Estas impugnaciones son un elemento de defensa de las personas que no están conformes con una decisión judicial, administrativa o en caso mercantil con una decisión de la cúpula directiva.
Impugnación judicial
Primero vamos a centrarnos en la impugnación judicial:
¿Qué resoluciones judiciales se pueden impugnar y cómo?
Destacamos las resoluciones judiciales más comúnmente impugnadas:
- Auto decretando la nulidad de actuaciones → En este caso es bastante habitual impugnar la resolución, mediante recurso de apelación para que no se anulen todas las actuaciones ya practicadas hasta el momento.
- Sentencia → Las sentencias son la resolución judicial más impugnada por la parte que ve desestimada sus pretensiones.
- Tasación de costas → Estas costas cuantifican el precio del proceso judicial. Es habitual que estas se impugnen por dos motivos indebidas o excesivas.
Y los recursos que sirven de vía para impugnar resoluciones judiciales son los siguientes:
- Según quién tenga la competencia para resolver:
- Recursos devolutivos: Estos recursos son los que se realizan ante otro tribunal que no es el que dictó la resolución, normalmente al tribunal superior jerárquicamente.
- Recursos no devolutivos: Estos recursos son una excepción a la norma general sobre que el recurso será conocido por el tribunal superior jerárquico. En este tipo de recurso, el que examinará de nuevo la cuestión, será el mismo juzgado que resolvió en primer lugar.
- Según la fundamentación requerida:
- Recursos ordinarios: Son aquellos donde se puede alegar lo que el recurrente considere pertinente sin que sean motivos tasados por ley.
- Recursos extraordinarios: Son aquellos recursos donde para que se admitan deben fundarse en unos motivos preestablecidos por ley.
¿Cuándo se puede impugnar una resolución judicial?
No siempre se puede recurrir todas las resoluciones judiciales.
- Solamente se puede impugnar resoluciones judiciales que no sean firmes. Dicho de otro modo, que no pongan fin al proceso.
- Puede impugnar tanto una persona física como una persona jurídica.
- Se persigue evitar o reducir errores de los jueces en la aplicación de la ley en sus resoluciones.
- No se puede impugnar de forma indefinida, hay un momento donde se agotan los medios de impugnación.
- Las impugnaciones se tienen que hacer con las formalidades que marque la ley (habitualmente por escrito) aunque en algunos países la impugnación puede ser oral dependiendo del tipo de juicio.
- Se requiere que la parte que vaya a impugnar realice un depósito dinerario en el juzgado.
Efectos de la impugnación
Los efectos más habituales son:
- Suspensión de la decisión recurrida que quedará sin ejecutar hasta que la misma no sea firme. Es decir, cuando haya sido resuelto este medio de impugnación.
- Cuando el medio de impugnación no tiene efectos devolutivos. Esto es, está resolviéndolo el mismo tribunal que dictó la resolución recurrida no existen estos efectos suspensivos.
Impugnación en los acuerdos de la junta
Estas impugnaciones no son sobre la resolución de un juez, sino que se impugnan acuerdos de la junta de accionistas de una empresa.
¿Quién puede impugnar? Están legitimados para impugnar los acuerdos los administradores, los terceros que acrediten un interés legítimo y los socios de la empresa.
¿Qué acuerdos se pueden impugnar? Los acuerdos contrarios a la Ley, a los estatutos o al reglamento de la junta de la sociedad o incluso lesionen el interés social en beneficio de un socio.
Todo ello, teniendo en cuenta que se puede impugnar durante un año después de haberse aprobado el acuerdo.