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Juicio rápido

Elena Trujillo
3 min
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El juicio rápido es un procedimiento judicial especial que solo opera en la jurisdicción penal, ya que sirve para enjuiciar determinados delitos que no tienen asociada una pena muy grave.

Este juicio rápido es un enjuiciamiento específico para unos delitos determinados. Está regulado en el derecho procesal penal en su Ley de enjuiciamiento criminal. Está caracterizado porque el procedimiento es mucho más breve y más ágil que el juicio ordinario.

Únicamente podrá seguirse este tipo de juicio rápido en unos delitos específicos y que no tienen una pena asociada en el Código Penal grave. A pesar de que los plazos sean más cortos, este juicio mantiene todos los principios constitucionales para que no haya indefensión de las partes.

¿Cuándo opera el juicio rápido?

Los delitos que serán enjuiciados por este proceso penal son:

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Los delitos que tengan una pena privativa de libertad (cárcel/prisión) asociada que no exceda de un determinado número de años. En la legislación española está establecido en cinco años y además deben cumplir con los siguientes presupuestos:

  • Delito flagrante. Pero, ¿qué significa? Los delitos son flagrantes cuando el acto delictivo es descubierto mientras la persona está cometiéndolo o lo acabara de cometer.
  • Determinado delito:
    • Hurto o robo.
    • Contra la seguridad del tráfico.
    • Contra la salud pública.
    • Delitos relativos a la propiedad intelectual o industrial.
  • Delitos que tengan una instrucción o investigación a priori, sencilla. Por ejemplo, un asesinato no se prevé que tenga una investigación breve o sencilla.

Características y procedimiento

Las principales características que definen a este proceso son su procedimiento breve que consiste en:

  1. La policía judicial debe actuar con la mayor diligencia y brevedad. Debe actuar sobre todo durante el tiempo de detención del investigado. Tiene que realizar el atestado que consistirá en las siguientes diligencias:
    • Diligencias de información: informará a la persona a la que se le atribuyen los hechos delictivos y los derechos que le asisten.
    • Citar al denunciado a la vista oral.
    • Citar a los testigos a la vista oral.
    • Solicitar que un médico atienda a la víctima del delito y extienda informe al respecto.
    • Analizar las sustancias que puedan haberse recabado.
    • En caso de delitos contra la seguridad del tráfico, deberán realizar pruebas de alcoholemia en las vías.
  2. El juzgado de guardia recibirá el atestado de la policía judicial y realizará las siguientes diligencias lo más pronto posible:
    • Recabar los antecedentes penales del investigado.
    • Tomará declaración al detenido y a los testigos.
    • Oirá a las partes implicadas y al Ministerio Fiscal.
  3. El juez de guardia dictará resolución:
    • Si considera que las diligencias practicadas han sido suficientes para la investigación del hecho, dicta auto oral y seguirá este procedimiento especial. Se abre juicio oral.
    • Si no considera que las diligencias practicadas han sido suficientes para la investigación de los hechos, dejará de ser pertinente este tipo de procedimiento. Seguirá la investigación por los trámites del procedimiento abreviado y no por el del juicio rápido.
  4. Juicio oral:
    • Imprescindible que acuda el abogado de la defensa y el acusado.
    • Primero se leen los escritos de defensa y acusación. Luego pueden intervenir las partes.
    • Antes de comenzar la práctica de prueba, el abogado del acusado puede solicitar que el juez dicte una sentencia de conformidad si el acusado reconoce los hechos y está conforme con el delito y su pena asociada. Si el juez considera que es correcta la calificación del delito y la pena, dicta sentencia de conformidad y termina el juicio rápido. Si el juez no está de acuerdo con la calificación del delito y la pena, seguirá el juicio rápido.
    • Se practica la prueba.
    • Conclusiones definitivas de las partes.
    • El juez dictará sentencia como máximo a los tres días desde la celebración del juicio rápido. Esta sentencia puede ser recurrida a través del recurso de apelación.

  • Derecho
  • Diccionario económico

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Elena Trujillo, 01 de julio, 2022
Juicio rápido. Economipedia.com

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