Igualdad ante la ley
La igualdad ante la ley es un principio que garantiza que todas las personas son tratadas de la misma forma por la ley. No solo las leyes son iguales para todos, sino que también lo es todo el proceso jurídico.
La igualdad ante la ley es una garantía necesaria en cualquier Estado de derecho, y supone la no discriminación en cualquier proceso legal. Es decir, no se evalúan los factores externos de la persona, como pueden ser el estatus, la renta, el patrimonio, puesto de trabajo o su etnia u origen. Si una persona comete un delito, a esta se le juzgará por lo realizado en él, sin tener en cuenta los factores anteriores.
Este principio es básico en cualquier Estado democrático y de derecho. Si la igualdad ante la ley no está garantizada en el ordenamiento jurídico, normalmente en la constitución, la aplicación de la ley y el proceso legal quedan a la arbitrariedad de los gobernantes o de los encargados de impartir justicia.
Ahora bien, hay algunas excepciones a este principio. Como es el caso de los gobernantes, aforados o de algunas sentencias dictadas a ciertas personalidades. También podría admitirse a debate la figura de la fianza judicial.
Origen de la igualdad ante la ley
La igualdad ante la ley, aunque vemos antecedentes en la antigua Grecia, se comienza a desarrollar en el siglo XVIII, de la mano de filósofos liberales como John Locke.
Locke fue el impulsor de los derechos individuales que reconocían al individuo, su protección y desarrollo como pilar del derecho. La igualdad ante la ley es una extensión de estos derechos y del concepto liberal de igualdad, que supone el reconocimiento de que ninguna persona es inferior a otra, por ello, ha de ser tratada en iguales términos.
A nivel estatal, el principio se consolida tras la Independencia de Estados Unidos y tras el estallido de la Revolución francesa. Se acaba con el privilegio tradicional del que disfrutaba la aristocracia en el Antiguo Régimen y se ensalza la figura del ciudadano de a pie. Las revoluciones liberales experimentadas en toda Europa del siglo XIX iban a extender este principio.
Otro gran salto en esta dirección fue la abolición de la esclavitud, realizada en numerosos países a lo largo del siglo XIX. Ya que, hasta el momento, numerosas personas eran consideradas como mercancías y mantenidas bajo condiciones infrahumanas.
Finalmente, la adopción de la democracia y del derecho como principios inalienables del Estado, ha sido fundamental para la existencia de esta garantía.
Regulación de la igualdad ante la ley
Como mencionamos al principio, la igualdad ante la ley está reflejada en los diferentes ordenamientos jurídicos de los distintos países. Asegurando así que todo proceso jurídico esté sometido a dicho principio.
En algunos países lo encontramos de la siguiente manera:
- Colombia: El artículo 13 de la Constitución dice que “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades (…) sin ninguna discriminación”.
- Ecuador: “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos deberes y oportunidades” (artículo 11 de la Constitución). A continuación, se enumera una larga lista de razones por las que no se puede ser discriminado.
- Argentina: La Constitución argentina consagra el principio en su artículo 16. “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento. (…) Todos sus habitantes son iguales ante la ley”.
- España: El artículo 14 de la Constitución señala que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna”.
- México: La Constitución mexicana la reconoce de forma indirecta. Su primer artículo señala el respeto de los derechos humanos, y la igualdad ante la ley es el artículo 7 de dichos derechos.
Restricciones de la igualdad ante la ley
Existen algunos supuestos en los que esta igualdad está bastante cuestionada. Esto provoca un efecto de desencanto entre los ciudadanos, ya que ven que dicho principio no es absoluto y algunos se pueden beneficiar de ciertos puestos de privilegio.
Vamos a ver algunos ejemplos:
- Aforamiento: Se trata de una situación por la que el aforado es juzgado, si fuera procedente, por un tribunal distinto a los ordinarios. En el caso de España, es el Tribunal Supremo. Se trata de un privilegio en función del cargo ocupado. Esto puede derivar en tratos de favor en las penas impuestas. Son muy pocos los Estados que recogen esta figura.
- Inviolabilidad: Supone que una persona no puede ser juzgada. En España, la figura del rey está protegida por el artículo 56 de la Constitución.
- Fianza judicial: La fianza, a veces, la encontramos en el debate sobre la igualdad ante la ley. Consiste en que una persona en prisión provisional puede pagar una cantidad determinada de dinero y salir de ella. Pero, si es condenado, obviamente, deberá de entrar a cumplir con su pena. Para poder acceder a la fianza se han de cumplir una serie de condiciones.